Ante una situación de morosidad por condominio debemos acudir a la
vía jurisdiccional (Tribunales), a los efectos de hacer efectivo el
cobro correspondiente. Los propietarios del conjunto residencial tendrán
que convocar una asamblea, para tratar el tema de las personas morosas
con el pago de las cuotas de condominio, cuotas extra y demás. En esa
asamblea se debe autorizar a la Junta de Condominio para que esta
otorgue Poder a un Abogado a los fines de que los represente ante el
tribunal competente. Dicha acta de asamblea debe ser debidamente
registrada, para proceder legalmente.
La Ley de Propiedad Horizontal establece en su artículo 12, que los
propietarios de apartamentos o locales deberán contribuir a los gastos
comunes; el artículo 13 que la obligación del propietario de un
apartamento por gastos comunes sigue siempre a la propiedad del
apartamento; o sea se puede demandar colocando al apartamento como
garantía de pago.
El Código Civil establece en su artículo 1.264, que el deudor es
responsable de daños y perjuicios; el artículo 1.271 indica que el
deudor será condenado al pago de los daños y perjuicios, tanto por
inejecución de la obligación como por retardo en la ejecución.
Los recibos de condominio no pagados, constituyen Titulo Ejecutivo, por
lo tanto son documentos suficientes y autónomos para demandar a la
persona morosa y se podrá solicitar al juez una medida de Embargo de los
bienes del demandado o incluso, solicitar una medida de Prohibición de
Enajenar o Gravar el apartamento del deudor.
Este tipo de juicios seguro lo pierde el moroso, quien además de la
deuda, deberá cancelar las costas y costos procesales que se causen en
el juicio, incluyendo los Honorarios de Abogados; de igual forma el
Tribunal ordenara ajustar la deuda a la inflación, o sea, la corrección
monetaria o indexación del monto de la deuda; es decir, que el moroso
sino cancela el condominio normal deberá pagar una suma exorbitante,
decretándose adicionalmente la prohibición de enajenar y gravar;
entiéndase, no podrá hipotecar ni vender el apartamento hasta cancelar
la deuda, porque este bien servirá de garantía de pago.
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