Sentencia Nos. 00105 de
13/2/01 [caso SAPAMA] Se trata de un
grupo de trabajadores que reclaman el pago de sumas dinerarias, de conformidad
con lo pautado en diversas cláusulas de la convención colectiva, corresponde a
los Tribunales Laborales dirimir la controversia.
Sentencia Nos. 000270 de
23/3/04 [caso La Chacra]).
Con ocasión de la consulta sobre jurisdicción planteada, en virtud
de la demanda incoada por un grupo de trabajadores contra La Chacra C.A.,
reclamando el cumplimiento de la cláusula No. 5 de la convención colectiva de
trabajo, referente a la participación de los trabajadores en los beneficios o
utilidades de la empresa, la sala decidió que la presente reclamación consiste
en el pago de una suma de dinero […] En consecuencia, siendo la reclamación de
índole pecuniaria […] se infiere claramente que los Tribunales del Trabajo son los competentes para dirimir la controversia .
Sentencia Nos. Nº 01750. de 08/12/11 [caso La SOCIEDAD ANÓNIMA TÉCNICA DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL DEL ZULIA (SATECA )se trata
de una demanda por el pago de unas cantidades de dinero, en beneficio e interés
directo de los trabajadores
Sentencia
Nº 01750, de 08/12/2011. Caso :
SOCIEDAD
ANÓNIMA TÉCNICA DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL DEL ZULIA (SATECA) y el MUNICIPIO
CHACAO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Se trata de un
grupo de trabajadores que reclaman el pago de sumas dinerarias, de conformidad
con lo pautado en diversas cláusulas de la convención colectiva, corresponde a
los Tribunales Laborales dirimir la controversia
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